La heroína es una sustancia controlada de la Lista I (Schedule I) en Carolina del Sur (S.C. Code Ann. § 44-53-190(C)). Poseerla, distribuirla y traficarla pueden dar lugar a cargos penales graves, y las penas dependen del cargo, de la cantidad y de las condenas anteriores por drogas.
Este artículo ofrece un resumen de los cargos por heroína que puede presentar el Estado, para que usted entienda su situación antes de tomar decisiones. Es información general, no es asesoría legal. Un abogado con licencia en Carolina del Sur de nuestra firma debe revisar los hechos de su caso antes de que usted confíe en esta información. Comuníquese con un abogado de drogas en Greenville de Touma Law Group.
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Tipos de cargos por heroína en SC
Los delitos de drogas de Carolina del Sur se encuentran en la Ley de Sustancias Controladas, Título 44, Capítulo 53 del Código de Leyes de Carolina del Sur. Con la heroína, los cargos principales son la posesión simple, la distribución (incluida la posesión con intención de distribuir) y el tráfico.

Posesión
Es ilegal poseer a sabiendas o intencionalmente una sustancia controlada, a menos que se haya obtenido directamente de un profesional autorizado (practitioner), o mediante una receta u orden válida de este, que actúa en el ejercicio de su práctica profesional (S.C. Code Ann. § 44-53-370(c)). En el caso de la heroína, las penas por posesión simple están establecidas en S.C. Code Ann. § 44-53-370(d)(1):
- Primera ofensa: un delito menor (misdemeanor) sancionado con hasta 2 años de prisión, una multa de hasta $5,000, o ambas.
- Segunda ofensa: un delito grave (felony) sancionado con hasta 5 años de prisión, una multa de hasta $5,000, o ambas.
- Tercera ofensa o posterior: un delito grave sancionado con hasta 5 años de prisión, una multa de hasta $10,000, o ambas.
La ley trata la posesión de más de dos granos de heroína como prueba prima facie de una violación de la disposición sobre distribución, según S.C. Code Ann. § 44-53-370(d)(5). “Prima facie” significa que el Estado puede apoyarse en la cantidad como prueba de la intención de distribuir, a menos que se la rebata en el juicio. Por eso la cantidad que se encontró importa tanto.
Distribución
Es ilegal fabricar, distribuir, despachar, entregar o comprar heroína, o poseerla con la intención de hacerlo, y la ley también cubre los intentos, la conspiración y la ayuda a otra persona para cometer el delito (S.C. Code Ann. § 44-53-370(a)(1)). Según S.C. Code Ann. § 44-53-370(b)(1), una violación que involucra heroína es un delito grave:
- Primera ofensa: hasta 15 años de prisión, una multa de hasta $25,000, o ambas.
- Segunda ofensa: de 5 a 30 años de prisión, una multa de hasta $50,000, o ambas.
- Tercera ofensa o posterior: de 10 a 30 años de prisión, una multa de hasta $50,000, o ambas.

Una persona a la que se le encuentra heroína puede enfrentar un cargo de posesión con intención de distribuir cuando las circunstancias sugieren que las drogas eran para la venta, como la cantidad, el empaque, las básculas o el dinero en efectivo. Los antecedentes penales cambian el rango de la pena, así que una de las primeras cosas que revisa un abogado es si el caso es una primera, segunda o tercera ofensa.
Dos leyes relacionadas pueden aumentar el riesgo. Una persona de 18 años o más que distribuye heroína a alguien menor de 18 enfrenta un delito grave sancionado con hasta 20 años de prisión y una multa de hasta $30,000, sin pena suspendida ni libertad condicional (probation) (S.C. Code Ann. § 44-53-440). Distribuir, vender o poseer con intención de distribuir dentro de un radio de media milla de una escuela, un parque o patio de recreo público o una universidad es un delito grave separado, sancionado con una multa de hasta $10,000, hasta 10 años de prisión, o ambas (S.C. Code Ann. § 44-53-445).
Tráfico
El tráfico se basa principalmente en el peso. Según S.C. Code Ann. § 44-53-370(e)(3), una persona que a sabiendas vende, fabrica, entrega, compra o introduce a Carolina del Sur, o que está a sabiendas en posesión real o constructiva de, cuatro gramos o más de heroína o de cualquier mezcla que la contenga, es culpable de un delito grave conocido como “tráfico de drogas ilegales” (“trafficking in illegal drugs”). El peso cuenta la heroína junto con cualquier compuesto o mezcla en la que se encuentre. Las penas obligatorias son:
- 4 gramos o más, pero menos de 14 gramos: en una primera ofensa, de 7 a 25 años de prisión y una multa de $50,000. En una segunda ofensa o posterior, un mínimo obligatorio de 25 años y una multa de $100,000.
- 14 gramos o más, pero menos de 28 gramos: 25 años obligatorios de prisión y una multa de $200,000.
- 28 gramos o más: de 25 a 40 años de prisión y una multa de $200,000.
Para estos niveles, la ley dice que ninguna parte de la sentencia puede suspenderse y que no se puede conceder libertad condicional. El tráfico no exige que nadie cruce la frontera de un estado. Si lo han acusado de tráfico, comuníquese lo antes posible con un abogado de tráfico de drogas en Greenville.
Preguntas frecuentes: ¿Cuándo debe contratar un abogado por cargos de drogas en Greenville, Carolina del Sur?
Las listas de drogas de Carolina del Sur, de la Uno a la Cinco
Carolina del Sur clasifica las sustancias controladas en cinco listas (schedules). La Asamblea General enumera las sustancias de cada lista, y el Departamento de Salud Pública (antes llamado Departamento de Salud y Control Ambiental, o DHEC) puede agregar, quitar o reclasificar sustancias según S.C. Code Ann. § 44-53-160. La lista en la que se encuentra una droga influye en la pena, por lo que conviene revisar la lista vigente en la página de listas de sustancias controladas del Departamento de Salud Pública.
- Lista I (S.C. Code Ann. § 44-53-180 y § 44-53-190): sustancias con un alto potencial de abuso, sin uso médico aceptado en el tratamiento en Estados Unidos y sin seguridad aceptada para su uso bajo supervisión médica. La lista incluye la heroína y el LSD.
- Lista II (S.C. Code Ann. § 44-53-210): sustancias con un alto potencial de abuso que tienen un uso médico aceptado, a veces con restricciones severas. La lista incluye el opio y los opiáceos, la cocaína y la anfetamina.
- Lista III (S.C. Code Ann. § 44-53-230), Lista IV (§ 44-53-250) y Lista V (§ 44-53-270): sustancias con un potencial de abuso cada vez menor en comparación con la lista anterior y con un uso médico aceptado.

¿Cuáles son las penas por delitos de drogas en Carolina del Sur?
Las penas dependen del cargo, de la sustancia y del número de condenas anteriores. En el caso de la heroína, los rangos descritos arriba provienen directamente de S.C. Code Ann. § 44-53-370: la posesión simple es un delito menor en una primera ofensa, la distribución es un delito grave con un máximo de 15 años en una primera ofensa, y el tráfico conlleva penas de prisión obligatorias que comienzan en 7 años para una primera ofensa. Para algunos delitos de menor gravedad, la ley permite suspender la sentencia y conceder libertad condicional, y para los niveles de tráfico no lo permite.
Preguntas frecuentes: ¿Cómo puedo lograr que me retiren los cargos de drogas en Greenville, SC?
Una condena también puede afectar a una persona fuera de la sala del tribunal, por ejemplo en el empleo y la vivienda. Un abogado puede explicarle cómo podría afectarle un cargo en particular. Para una explicación general de los delitos de menor gravedad, vea nuestra página sobre la posesión de drogas como delito menor.
Otros delitos de drogas en SC
En un caso de heroína pueden surgir otros delitos de drogas además de la posesión, la distribución y el tráfico:
- Fraude de recetas: es ilegal adquirir u obtener la posesión de una sustancia controlada mediante tergiversación, fraude, falsificación, engaño o subterfugio. Es un delito grave sancionado con hasta 5 años de prisión, una multa de hasta $10,000, o ambas (S.C. Code Ann. § 44-53-390).
- Fabricación: fabricar una sustancia controlada está cubierto por la misma ley sobre distribución, S.C. Code Ann. § 44-53-370(a)(1).
- Accesorios para drogas (paraphernalia): es ilegal anunciar para la venta, fabricar, poseer, vender o entregar accesorios para drogas. Una violación está sujeta a una multa civil de hasta $500 (S.C. Code Ann. § 44-53-391).
- Distribución a menores y cerca de escuelas: vea las leyes descritas arriba, § 44-53-440 y § 44-53-445.
Hable con un abogado de defensa por delitos de drogas en Greenville, SC
Que lo acusen de un delito relacionado con drogas en Carolina del Sur no significa que lo vayan a condenar. El Estado debe probar cada elemento del cargo. Si lo han acusado de un delito de drogas, es importante hablar con un abogado de defensa criminal que conozca las leyes del estado y pueda guiarlo durante el proceso.
En Touma Law Group, nuestros abogados de defensa por delitos de drogas en Greenville revisarán los hechos de su caso y le explicarán sus opciones legales. Ningún abogado puede prometer un resultado en particular. Comuníquese con nosotros hoy para una consulta gratuita. Nuestro equipo atiende llamadas en español.