Un arresto por DUI (conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas) en Carolina del Sur puede afectar su licencia, sus finanzas y su libertad, y los pasos que dé después son importantes. Esta guía explica el proceso desde el primer contacto con la policía hasta el caso en la corte, con base en las leyes de Carolina del Sur que rigen cada etapa. Es información general y no es asesoría legal. Un abogado con licencia en Carolina del Sur debe revisar los hechos de su caso antes de que usted dependa de esta información.
Cuando la policía sospecha que una persona conduce ebria, la situación puede avanzar con rapidez. Los oficiales están entrenados para buscar señales de deterioro y pueden pedirle que haga pruebas de sobriedad en el lugar. Estas pruebas son subjetivas, y muchas personas tienen dificultad para realizarlas incluso estando sobrias. La ley de Carolina del Sur exige que un conductor se someta a las pruebas de sobriedad de campo solo cuando el oficial sospecha que el conductor causó un choque en el que murió otra persona (S.C. Code Ann. § 56-5-2948). La ley estatal también dice que negarse a una prueba de sobriedad de campo no cuenta como desobedecer una orden de la policía (S.C. Code Ann. § 56-5-2953(A)(1)(b)).
También es posible que le pidan una prueba de aliento portátil. Todo lo que diga o haga durante un arresto puede usarse en su contra, y esa es una razón para hablar lo antes posible con un abogado de defensa criminal.

Primeros pasos después de un arresto por DUI
Si el oficial lo arresta por DUI, lo llevarán para el registro (huellas digitales y fotografía) y probablemente el oficial le pedirá una prueba de aliento. Según la ley de consentimiento implícito de Carolina del Sur, se considera que una persona que conduce en el estado ha dado su consentimiento para pruebas químicas de aliento, sangre u orina si es arrestada por DUI. La ley también dice que usted no tiene que hacerse la prueba, pero que su privilegio de conducir debe ser suspendido o negado por al menos seis meses si se niega, y que su negativa puede usarse en su contra en la corte (S.C. Code Ann. § 56-5-2950). El oficial debe darle esta información por escrito y en voz alta antes de comenzar la prueba, y las pruebas se graban en video (S.C. Code Ann. § 56-5-2953).
Usted también tiene derecho a guardar silencio y derecho a un abogado (Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436 (1966)). Muchas personas deciden negarse con cortesía a contestar preguntas sobre si bebieron o sobre sus actividades hasta haber hablado con un abogado.
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Suspensión de la licencia y audiencias administrativas
Un arresto por DUI puede llevar a una suspensión de la licencia que es independiente del caso penal. El Departamento de Vehículos Motorizados (SCDMV) debe suspender la licencia de un conductor que se niega a la prueba de aliento o que se la hace y tiene una concentración de alcohol de 0.15 por ciento o más. El oficial que hace el arresto entrega un aviso de suspensión en el momento del arresto (S.C. Code Ann. § 56-5-2951(A)). Para un conductor sin condenas ni suspensiones previas relacionadas con DUI en los diez años anteriores, la suspensión fijada por la ley es de seis meses por una negativa y de un mes por un resultado de 0.15 por ciento o más (S.C. Code Ann. § 56-5-2951(I)). Los conductores menores de 21 años están sujetos a una regla de suspensión distinta, con una concentración de alcohol mucho más baja (S.C. Code Ann. § 56-1-286).
El plazo es importante. Dentro de los treinta días siguientes al aviso de suspensión, usted puede pedir una audiencia de caso impugnado ante la Oficina de Audiencias de Vehículos Motorizados (OMVH). Si no la solicita, renuncia al derecho a la audiencia y la suspensión continúa (S.C. Code Ann. § 56-5-2951(B) y (D)).
Esta audiencia administrativa es un asunto civil con un alcance limitado. Examina preguntas como si usted fue arrestado o detenido de manera legal, si se le informó correctamente de sus derechos bajo la ley de consentimiento implícito, si se negó a la prueba y, si se la hizo, si la prueba se administró correctamente y el resultado fue de 0.15 por ciento o más. SCDMV y el oficial que hizo el arresto tienen la carga de la prueba (S.C. Code Ann. § 56-5-2951(F)).

Junto con la solicitud de audiencia, la ley le permite obtener de SCDMV una licencia temporal por alcohol (TAL, por sus siglas en inglés) por una tarifa de $100, que le permite conducir mientras la audiencia está pendiente, o inscribirse en el Programa de Dispositivo de Bloqueo de Encendido (S.C. Code Ann. § 56-5-2951(B)). La ley fija la tarifa de presentación de la audiencia en $200, o la que establezcan las reglas de procedimiento de la OMVH (S.C. Code Ann. § 56-5-2952). Para un adulto, la TAL permite conducir “sin ninguna condición restrictiva” mientras la audiencia está pendiente, y la ley del bloqueo de encendido no exige un dispositivo hasta que la suspensión se confirme en la audiencia o se renuncie a la audiencia (§ 56-5-2941(A)(5)). Para un conductor menor de 21 años, se mantiene una restricción de bloqueo de encendido en la TAL durante tres meses (S.C. Code Ann. § 56-1-286(L)(2)). Confirme los requisitos que se aplican a usted con SCDMV o con un abogado antes de depender de una TAL.
Información: Averigüe si puede obtener una licencia temporal después de un DUI.
Si la suspensión se anula en la audiencia, su privilegio de conducir debe ser restablecido y la tarifa de la TAL reembolsada. Si se confirma, usted debe inscribirse en un Programa de Acción de Seguridad sobre Alcohol y Drogas (Alcohol and Drug Safety Action Program) (S.C. Code Ann. § 56-5-2951(B)(2)). La audiencia no decide el cargo penal, y el caso penal sigue adelante en cualquier caso. Un abogado puede representarlo en la audiencia, y la audiencia también puede darle a su abogado una primera mirada al relato del oficial.
Cómo avanza el caso penal
El caso penal por un arresto por DUI avanza de manera independiente de la suspensión administrativa de la licencia. Una persona acusada de DUI tiene derecho a un juicio con jurado (S.C. Code Ann. § 56-5-2935), y una primera ofensa puede ser juzgada en la corte de magistrados (S.C. Code Ann. § 56-5-2930(A)(1)).
¿Sabía que…? Consulte los pasos que debe seguir después de un arresto.
Las sanciones por una condena de DUI dependen del número de ofensas previas en los diez años anteriores y de la concentración de alcohol. La ley establece lo siguiente para el DUI (S.C. Code Ann. § 56-5-2930):
- Primera ofensa: una multa de $400 o de 48 horas a 30 días de cárcel. Si la concentración de alcohol es de al menos 0.10 pero menos de 0.16, la ley establece una multa de $500 o de 72 horas a 30 días. Con 0.16 o más, establece una multa de $1,000 o de 30 a 90 días. En lugar del mínimo de cárcel, la corte puede disponer servicio público.
- Segunda ofensa: una multa de $2,100 a $5,100 y de 5 días a 1 año de cárcel, con rangos más altos cuando la concentración de alcohol es de 0.10 o más.
- Tercera ofensa: una multa de $3,800 a $6,300 y de 60 días a 3 años de cárcel, con rangos más altos cuando la concentración de alcohol es de 0.10 o más.
- Cuarta ofensa o posterior: de 1 a 5 años de prisión, con condenas más largas cuando la concentración de alcohol es de 0.10 o más.
Estos son los montos base fijados por la ley. Pueden aplicarse otros costos y cargos de la corte. Conducir con una concentración ilegal de alcohol de 0.08 por ciento o más es una ofensa distinta con la misma estructura de sanciones (S.C. Code Ann. § 56-5-2933).
Después de una condena, SCDMV suspende la licencia. Una persona condenada por una primera ofensa puede inscribirse en el Programa de Dispositivo de Bloqueo de Encendido, poner fin a la suspensión y obtener una licencia restringida con bloqueo de encendido por seis meses. El período requerido es de dos años para una segunda ofensa, tres años para una tercera (cuatro años si la tercera ofensa ocurre dentro de los cinco años de la primera) y de por vida para una cuarta ofensa o posterior (S.C. Code Ann. § 56-5-2990(A)).
En una fecha temprana en la corte, se le pedirá que presente su declaración. Decidir si se declara culpable, no culpable o nolo contendere (no impugna los cargos) es una decisión que debe tomar con su abogado, y declararse no culpable preserva su derecho a impugnar el cargo.

Su abogado de defensa criminal revisará la evidencia de su caso, como los informes policiales, el video del lugar del incidente y del sitio de la prueba de aliento, las declaraciones de testigos y los resultados de las pruebas de sobriedad y las pruebas químicas. La ley enumera factores que usted puede impugnar en el juicio, entre ellos si fue arrestado o detenido de manera legal, el tiempo entre el arresto y la prueba, si se le informó de sus derechos y si las pruebas se realizaron conforme a la ley y a los reglamentos de SLED (S.C. Code Ann. § 56-5-2930(I)).
Por ejemplo, un abogado puede preguntar si el oficial tenía una razón válida para detener el vehículo, si las pruebas de sobriedad se administraron correctamente y si el aparato de aliento se usó de manera adecuada. Cuando la evidencia se obtuvo de manera ilegal, la defensa puede pedir a la corte que la excluya. Que una moción tenga éxito depende de los hechos.
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Las conferencias previas al juicio y las mociones son comunes. Su abogado puede hablar con el fiscal sobre una posible resolución, pero que se haga una oferta, y qué incluya, depende de los hechos y del fiscal. Aceptar un acuerdo significa admitir culpabilidad y enfrentar las sanciones de la ofensa por la que usted se declare culpable, incluido un antecedente penal que puede afectar el empleo y la vivienda.
Si el caso no se resuelve, va a juicio. Usted puede pedir que un jurado decida el caso, o puede elegir un juicio ante el juez, en el que decide solo el juez. La fiscalía debe probar el cargo más allá de una duda razonable.
Consecuencias fuera de la sala de la corte
Además de las sanciones inmediatas, una condena por DUI en Carolina del Sur puede traer consecuencias a largo plazo.
Restablecimiento de la licencia
Una persona condenada por DUI debe inscribirse y completar un Programa de Acción de Seguridad sobre Alcohol y Drogas (ADSAP) certificado por la Oficina de Servicios sobre Uso de Sustancias. Según la ley, el costo de los servicios recomendados no puede exceder $500 por educación, $2,000 por tratamiento y $2,500 en total, y a una persona no se le pueden negar los servicios por no poder pagar (S.C. Code Ann. § 56-5-2930(H)). Completar el programa es un requisito para restablecer por completo los privilegios de conducir (S.C. Code Ann. § 56-5-2990(B)).
Más información: Averigüe qué pasa con su carro después de un DUI
Primas del seguro
Una condena por DUI puede llevar a primas más altas de seguro de carro, y a algunos conductores se les pide presentar un SR-22, un certificado de responsabilidad financiera que la aseguradora presenta ante el estado. Después de una condena, la ley estatal exige una prueba de responsabilidad financiera antes de que se restablezcan la licencia y los registros, y las aseguradoras suelen presentar esa prueba como un SR-22 (S.C. Code Ann. § 56-9-500). SCDMV puede dispensar el requisito después de tres años si no hay una nueva condena que cumpla los requisitos (S.C. Code Ann. § 56-9-620), y una persona suspendida solo conforme a la § 56-5-2951 no tiene que presentarlo (§ 56-5-2951(M)). Confirme el requisito de su caso con SCDMV o con su aseguradora. Según la ley, una aseguradora no puede aumentar las primas, añadir recargos ni cancelar la cobertura basándose solo en un cargo de DUI, a menos que la persona sea condenada (S.C. Code Ann. § 56-5-2951(N)).
Antecedentes penales
Una condena por DUI crea un antecedente penal, que puede aparecer en verificaciones de antecedentes para empleo, vivienda y licencias profesionales.
Empleo
Ciertos trabajos, en especial los que requieren una licencia de conducir comercial o implican conducir, pueden verse afectados por una condena por DUI.

Por qué hablar con un abogado de defensa por DUI
Un arresto por DUI plantea preguntas legales sobre la detención, las pruebas, la audiencia de la licencia y el caso penal, y los plazos corren al mismo tiempo. Un abogado de defensa criminal que atiende casos de DUI en Carolina del Sur puede:
- Explicarle sus derechos: Revisar si la policía siguió los procedimientos exigidos durante su detención y su arresto.
- Revisar la evidencia: Examinar las pruebas de sobriedad, los resultados de la prueba de aliento y la conducta de la policía para identificar preguntas sobre el caso de la fiscalía.
- Encargarse de la audiencia administrativa: Ayudar con la solicitud de audiencia y representarlo en la audiencia de la OMVH sobre sus privilegios de conducir.
- Comunicarse con los fiscales: Hablar de posibles resoluciones, que pueden incluir o no cargos reducidos o sentencias alternativas.
- Representarlo en la corte: Si su caso va a juicio, preparar su defensa, presentar argumentos e interrogar a los testigos.
- Explicar las consecuencias: Explicar cómo un acuerdo o una condena podría afectar su antecedente penal, su licencia de conducir y su seguro.
No deje que la impresión de un arresto le impida buscar asesoría legal sobre el plazo de 30 días de la licencia y el caso penal. Aun cuando la evidencia parezca sólida, puede haber preguntas sobre la detención, las pruebas o el procedimiento que un abogado puede revisar. Ningún abogado puede prometer un resultado en particular.
Un arresto por DUI en Carolina del Sur es un asunto serio. Desde la ley de consentimiento implícito hasta el plazo de la audiencia de la OMVH y el caso penal, cada paso tiene consecuencias. Hable con un abogado de defensa criminal con licencia en Carolina del Sur para entender sus opciones según los hechos de su caso. Llame a Touma Law Group al (864) 618-2323. Nuestro equipo atiende llamadas en español.