¿Le preocupa que su pasado le impida tener un arma de fuego en SC? Las leyes de armas de Carolina del Sur cambiaron en 2024. Si tiene preguntas sobre las leyes de armas de Carolina del Sur o enfrenta un cargo relacionado con armas, hablar con un abogado de cargos por armas en Greenville es una opción. Un abogado con licencia en Carolina del Sur de la firma debe revisar los hechos de su situación antes de que alguien dependa de la información general de esta página, que no es asesoría sobre si una persona en particular puede tener un arma.
Con cambios recientes como la ley de porte constitucional (constitutional carry), es importante conocer lo que dicen los estatutos. Esta página resume quién tiene prohibido tener armas según la ley estatal y la ley federal, y le indica dónde leer los estatutos.
Panorama general de la tenencia de armas en Carolina del Sur
La tenencia de armas en Carolina del Sur está protegida por la Segunda Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, y las leyes estatales y federales la regulan. La Corte Suprema de los Estados Unidos ha dicho que una regulación sobre armas de fuego debe ser consistente con la tradición histórica de regulación de armas de la Nación (New York State Rifle & Pistol Assn., Inc. v. Bruen, 597 U.S. 1 (2022)).
La Ley de Porte Constitucional y Preservación de la Segunda Enmienda de Carolina del Sur de 2024 (H.3594, Ley 111 de 2024) fue aprobada el 7 de marzo de 2024 (texto del proyecto). Según esa ley, una persona a quien la ley no se lo prohíba de otra manera puede llevar una pistola sin un permiso para portar armas ocultas. El permiso sigue existiendo y es opcional para la mayoría de las personas (S.C. Code Ann. § 23-31-215). La ley también reescribió el estatuto sobre posesión de armas por personas con condenas previas, S.C. Code Ann. § 16-23-500, por lo que las descripciones antiguas de esa ley pueden estar desactualizadas.
Bajo la ley federal, sigue siendo necesaria una verificación de antecedentes cuando se compra un arma de fuego a un vendedor con licencia (18 U.S.C. § 922(t)).

¿Quién tiene prohibido tener un arma de fuego?
Las leyes de Carolina del Sur y las leyes federales restringen la posesión de armas de fuego para ciertas personas. Esta lista resume los estatutos y no está completa:
- Personas condenadas por un delito castigable con más de un año: La ley estatal establece que es ilegal poseer un arma de fuego o municiones después de una condena por un delito castigable con una pena máxima de prisión de más de un año, con excepciones indicadas (S.C. Code Ann. § 16-23-500). La ley federal tiene una regla similar (18 U.S.C. § 922(g)(1)).
- Personas condenadas por un delito violento (pistolas): La ley estatal prohíbe la posesión de pistolas a una persona condenada por un delito violento (crime of violence), según lo define el estatuto, y a un fugitivo de la justicia, a un bebedor habitual, a un adicto a las drogas o a una persona declarada mentalmente incompetente (S.C. Code Ann. §§ 16-23-10 y 16-23-30).
- Personas condenadas por violencia doméstica: La ley estatal prohíbe la posesión de armas de fuego después de ciertas condenas por violencia doméstica, por los períodos que establece el estatuto (S.C. Code Ann. § 16-25-30). La ley federal prohíbe poseer un arma de fuego a cualquier persona condenada por un delito menor de violencia doméstica (18 U.S.C. § 922(g)(9)).
- Órdenes de protección: La ley estatal prohíbe la posesión a una persona sujeta a una orden de protección del tribunal de familia cuando el juez hizo determinaciones específicas y ordenó la prohibición (S.C. Code Ann. § 16-25-30(A)(4)). La ley federal tiene una regla aparte para ciertas órdenes de restricción, que la Corte Suprema confirmó frente a una impugnación de su validez en general en United States v. Rahimi, 602 U.S. 680 (2024).
- Determinaciones de salud mental: La ley federal prohíbe la posesión a una persona que ha sido declarada incapacitada mental o que ha sido internada en una institución mental (18 U.S.C. § 922(g)(4)).
- Consumidores de drogas y personas adictas a sustancias controladas: La ley federal prohíbe la posesión a un consumidor ilegal de una sustancia controlada o a una persona adicta a ella (18 U.S.C. § 922(g)(3)).
- Fugitivos de la justicia: Tanto la ley estatal como la federal se ocupan de los fugitivos (S.C. Code Ann. § 16-23-10(4); 18 U.S.C. § 922(g)(2)).
- Ciertos no ciudadanos de los Estados Unidos: La ley estatal prohíbe poseer un arma de fuego a un extranjero que se encuentra de manera ilegal en el país (S.C. Code Ann. § 16-23-530). La ley federal también restringe a ciertos no ciudadanos (18 U.S.C. § 922(g)(5)).
- Organizaciones subversivas: La ley estatal prohíbe la posesión de pistolas a un miembro de una organización subversiva según la definición del estatuto (S.C. Code Ann. §§ 16-23-10 y 16-23-30).
- Menores de edad: La ley estatal prohíbe la posesión de pistolas a una persona menor de 18 años, con excepciones limitadas que enumera el estatuto (S.C. Code Ann. § 16-23-30(A)(3)).
- Otras categorías: La ley federal también cubre a una persona dada de baja de las Fuerzas Armadas en condiciones deshonrosas y a una persona que ha renunciado a su ciudadanía (18 U.S.C. § 922(g)). Un juez estatal también puede declarar a una persona no apta para portar o poseer un arma de fuego, después de darle aviso y una audiencia (S.C. Code Ann. § 16-23-30(A)(4)).
Algunas armas son ilegales para todas las personas, con excepciones. Entre ellas están las ametralladoras y las escopetas y los rifles de cañón recortado (S.C. Code Ann. §§ 16-23-210 a 16-23-260) y las municiones recubiertas de teflón (S.C. Code Ann. § 16-23-520).
Leyes federales y verificaciones de antecedentes
La ley federal de armas se superpone con la ley de Carolina del Sur. El estatuto federal enumera las categorías de personas que no pueden enviar, transportar, poseer ni recibir armas de fuego o municiones (18 U.S.C. § 922(g)).
Los importadores, fabricantes y vendedores con licencia deben comunicarse con el Sistema Nacional de Verificación Instantánea de Antecedentes Penales (NICS) antes de transferir un arma de fuego a una persona que no tenga licencia (18 U.S.C. § 922(t)). El porte sin permiso en Carolina del Sur no cambia las reglas federales para las compras a vendedores.
Penas por posesión prohibida
Tener un arma de fuego cuando está prohibido es un delito grave (felony) en Carolina del Sur y también puede violar la ley federal.
- Cargos: S.C. Code Ann. § 16-23-500 establece que la posesión ilegal por una persona con una condena previa cubierta es un delito grave.
- Penas: Una primera ofensa conlleva hasta cinco años de prisión. Una segunda ofensa conlleva un mínimo obligatorio de cinco años y hasta veinte años. Una tercera ofensa o una posterior conlleva un mínimo obligatorio de diez años y hasta treinta años. El arma de fuego o las municiones deben ser decomisadas.
- Pena federal: Violar a sabiendas el estatuto federal de personas prohibidas conlleva hasta 15 años de prisión federal (18 U.S.C. § 924(a)(8)).
- Violaciones específicas: La posesión de una pistola por una persona en las categorías de la Sección 16-23-30 es un delito grave que conlleva hasta $2,000 o cinco años (S.C. Code Ann. §§ 16-23-30 y 16-23-50). Poseer un arma de fuego en propiedad de una escuela o universidad sin permiso es un delito grave que conlleva hasta $5,000 o cinco años (S.C. Code Ann. § 16-23-420). Poseer a sabiendas una pistola a la que se le quitó o se le borró el número de serie también está prohibido por la Sección 16-23-30(C).
Cómo puede ayudar un abogado defensor
Si lo acusan de posesión ilegal, un abogado defensor puede revisar el caso con usted, incluyendo:
- Evaluar las pruebas: Revisar el arresto, los registros o cateos y los posibles problemas constitucionales.
- Revisar la condición de persona prohibida: Analizar si una condena previa realmente cae dentro del estatuto, incluidas sus excepciones para condenas eliminadas, anuladas o indultadas y para derechos civiles restituidos.
- Conversar las opciones con la fiscalía: Un abogado puede hablar con el fiscal (solicitor) sobre el caso, lo que puede incluir acuerdos de culpabilidad o cambios en los cargos, aunque no se puede prometer ningún resultado.

Cómo recuperar el derecho a tener armas después de un delito grave
Según el estatuto estatal, una condena que ha sido eliminada o anulada, o por la que la persona ha recibido un indulto o le han restituido los derechos civiles, no activa la prohibición a menos que ese indulto, esa eliminación o esa restitución disponga expresamente que la persona no puede poseer armas de fuego (S.C. Code Ann. § 16-23-500(F)(3)). La ley federal tiene una regla similar para sus propios fines (18 U.S.C. § 921(a)(20)).
Un indulto en Carolina del Sur es una decisión de la Junta de Servicios de Libertad Condicional, Libertad Supervisada e Indultos (Probation, Parole and Pardon Services Board). Requiere una solicitud con una tarifa de $100, y una persona cuya solicitud es denegada debe esperar un año antes de volver a solicitar (S.C. Code Ann. §§ 24-21-920 a 24-21-960). Si alguna de estas vías aplica a una persona específica depende de la condena y del texto de cualquier orden, y un abogado de defensa criminal puede revisar esos hechos con usted.
Otros aspectos clave de la ley de armas de Carolina del Sur
- Porte visible y porte oculto: Es legal para una persona a quien no se le prohíbe, pero sigue restringido en los lugares enumerados en S.C. Code Ann. § 16-23-20, en propiedad de escuelas y universidades sin permiso (§ 16-23-420) y en propiedad privada donde el dueño ha colocado un letrero o le ha pedido que se retire (§ 23-31-220).
- Doctrina del castillo y “stand your ground”: La Ley de Protección de Personas y Propiedad de Carolina del Sur (Protection of Persons and Property Act) codifica la doctrina del castillo para una vivienda, un vehículo ocupado y un lugar de negocios, y una persona que no participa en una actividad ilegal y que es atacada en otro lugar donde tiene derecho a estar no tiene el deber de retirarse (S.C. Code Ann. §§ 16-11-410 a 16-11-450).
- Vendedores particulares: El requisito federal de verificación de antecedentes se aplica a los vendedores con licencia (18 U.S.C. § 922(t)). Pueden aplicar otras reglas a otros tipos de transferencias, así que consulte con un abogado antes de vender o regalar un arma de fuego a alguien.
- Otros dispositivos de defensa personal: No se requiere un permiso para portar armas ocultas para llevar un dispositivo de defensa personal que generalmente se considera no letal, como el gas pimienta (S.C. Code Ann. § 23-31-215(O)).
Conclusión
Las leyes de armas de Carolina del Sur operan junto con la Segunda Enmienda y un conjunto de estatutos federales. La ley de porte constitucional permite que muchas personas lleven un arma sin permiso, pero la ley estatal y la federal siguen prohibiendo la posesión de armas de fuego a ciertas personas, entre ellas muchas con condenas que califican y ciertos infractores de violencia doméstica. Las penas por posesión ilegal son serias.
Si no está seguro de si es elegible para tener un arma de fuego, o si ya enfrenta un cargo por posesión ilegal, un abogado con licencia en Carolina del Sur debe revisar los hechos antes de que alguien dependa de información general. Entender los estatutos, incluidos S.C. Code Ann. § 16-23-30 y § 16-23-500, puede ayudarle a hacer las preguntas correctas.
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